Título I · Derechos fundamentales
Artículo 1 — Defensa de la persona humana
La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.
Este artículo es la base interpretativa de todo el sistema constitucional peruano: derechos fundamentales, actuación estatal, límites al poder público y protección jurisdiccional.